Política de Devoluciones y Reembolsos — VIP PASS
Términos Generales, Devoluciones y Garantía de Inasistencia | A&D Logistics Entertainment Group S.A.S. (NIT 901.977.534-2)
Reglamento Oficial de Solicitudes, Retracto y Devoluciones por Fuerza Mayor
A continuación se establecen las condiciones bajo las cuales procede la devolución del dinero para los eventos organizados directamente por la compañía, protegiendo tus derechos bajo la legislación colombiana vigente.
🚫 IRREEMBOLSABILIDAD ABSOLUTA DEL CARGO POR SERVICIO (TICKET SERVICE)
De conformidad con los artículos 8, 39 y 47 de la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) y las normas rectoras del comercio electrónico en Colombia, el usuario/comprador acepta y reconoce expresamente que:
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1. Naturaleza del servicio prestado: El Cargo por Servicio (Ticket Service) corresponde a una prestación tecnológica, operativa y administrativa independiente del valor nominal de la entrada. Incluye el uso del software de boletería, procesamiento seguro de la pasarela de pagos, infraestructura de servidores, emisión del comprobante fiscal (Documento Equivalente) y soporte técnico.
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2. Consumación e independencia de la prestación: Dicho servicio tecnológico se ejecuta y agota en su totalidad de forma inmediata en el instante preciso en que la transacción es aprobada y la boleta es emitida y enviada al comprador.
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3. Exclusión de devolución bajo cualquier causal: Al tratarse de un servicio completamente consumado al momento de la transacción, el valor cobrado por concepto de Cargo por Servicio NO ES REEMBOLSABLE EN NINGÚN CASO NI BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA. Esta irreembolsabilidad aplica sin excepción ante:
- Ejercicio del Derecho de Retracto (Art. 47 Ley 1480/2011).
- Cancelación total o parcial del espectáculo público.
- Reprogramación, aplazamiento o cambio de locación del evento.
- Aprobación de solicitudes por fuerza mayor (terremotos, enfermedad, catástrofes, etc.).
- No asistencia por voluntad del comprador o error en la selección de localidades.
⚖️ Nota de Blindaje ante la SIC: Al confirmar la compra, el usuario declara haber sido informado de forma clara, veraz, suficiente y previa (Art. 39 Ley 1480/2011) sobre la irreembolsabilidad del Cargo por Servicio, aceptando de forma libre y voluntaria esta condición contractual.
⚖️ Derecho de Retracto y Devoluciones por Cancelación
⏱️ Derecho de Retracto (Art. 47 Ley 1480 de 2011)
El comprador podrá ejercer el derecho de retracto dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la compra, siempre y cuando el evento no se ejecute dentro de dicho plazo y la entrada no registre uso o escaneo en portería.
El valor devuelto corresponderá exclusivamente al valor facial impreso en la boleta. El Cargo por Servicio no será reembolsado por tratarse de un servicio tecnológico ya ejecutado.
📢 Cancelación Definitiva o Reprogramación del Evento
Cancelación Total: Se notificará en un plazo máximo de 3 días hábiles y se habilitará un periodo no inferior a 30 días calendario para solicitar la devolución del valor nominal de la boleta.
Reprogramación: La entrada seguirá siendo válida para la nueva fecha. Si el comprador demuestra la imposibilidad comprobable de asistir, podrá solicitar la devolución en el plazo informado en la comunicación oficial (mínimo 15 días hábiles).
🛡️ Causales de Inasistencia por Fuerza Mayor (Devolución del 90% Nominal)
1. Catástrofes naturales, sismos, terremotos y desastres climáticos
Imposibilidad absoluta de desplazamiento originada por Terremoto, sismo destructivo, erupción volcánica, huracán, vendaval, granizada extraordinaria, inundación, avalancha o deslizamiento de tierra que afecte directamente la vivienda del titular o bloquee la ruta de acceso al evento.
Soportes probatorios exigidos para auditoría:
- Decreto formal de Calamidad Pública expedido por la Alcaldía, Gobernación o la UNGRD.
- Certificación oficial de inspección de riesgo expedida por el Cuerpo de Bomberos o la Cruz Roja.
- Registro fotográfico georreferenciado con fecha visible de los daños sufridos en la residencia o vía.
2. Incendios, explosiones, ruina de vivienda o hurtos mayores en el inmueble
Incendio estructural, explosión por fuga de gas, colapso de infraestructura, hurto en la vivienda con violencia en las últimas 48 horas previas al evento, o ruptura masiva de tubería principal que requiera la presencia indispensable del titular para evitar la pérdida total de la vivienda.
Soportes probatorios exigidos para auditoría:
- Informe de atención de emergencia emitido por el Cuerpo Oficial de Bomberos o la Policía Nacional.
- Copia de la radicación formal de la reclamación ante la compañía aseguradora del inmueble.
- Certificado de tradición y libertad o contrato de arrendamiento que acredite la residencia del titular.
3. Cierre de vías por colapso, pérdida total de puente o avería de vehículo en ruta
Cierre total imprevisto e ininterrumpido de carreteras por pérdida de bancada o colapso de puentes (INVIAS/ANI), accidente de tránsito grave que involucre directamente al titular el día del viaje, avería mecánica grave e irreparable del vehículo particular en carretera (requiera servicio de grúa) o cancelación confirmada del vuelo/bus comercial contratado.
Soportes probatorios exigidos para auditoría:
- Informe de accidente (IPAT) suscrito por la Policía de Tránsito o planilla del servicio de grúa del peaje/concesión.
- Boletín oficial de cierre de corredor vial emitido por la Seccional de Tránsito y Transporte o INVIAS.
- Certificación oficial de cancelación o denegación de embarque emitida por la aerolínea o empresa de transporte.
4. Incapacidad médica grave, patología catastrófica o aislamiento sanitario
Incapacidad médica imprevista expedida por la EPS/IPS, urgencia quirúrgica de emergencia, complicación grave de embarazo con riesgo de aborto o diagnóstico certificado de enfermedad infectocontagiosa con orden médica de aislamiento epidemiológico obligatorio para el titular.
Soportes probatorios exigidos para auditoría:
- Incapacidad médica formal vigente emitida con sello, firma y registro médico del profesional en la EPS o clínica.
- Copia completa de la historia clínica o epicrisis de atención por el servicio de Urgencias.
5. Fallecimiento de familiar directo, alteración del orden público o citación legal
Fallecimiento o choque de urgencia que afecte al cónyuge o parientes hasta tercer grado de consanguinidad / segundo de afinidad; situaciones comprobables de paro armado imprevisto, secuestro del titular o citación a Jurado de Votación por la Registraduría para el día del espectáculo.
Soportes probatorios exigidos para auditoría:
- Registro Civil de Defunción o incapacidad médica del familiar junto al Registro Civil de nacimiento para verificar parentesco.
- Acreditación de la Registraduría o denuncia ante la Fiscalía General de la Nación (en casos de hurto calificado del ticket o delitos).
🔒 CONTROL DE AUDITORÍA, SANCIÓN PENAL Y EXCLUSIONES
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Validación y Verificación de Soportes: VIP PASS verificará directamente ante las EPS, clínicas, Fiscalía, Registraduría o aseguradoras la veracidad de cada certificado adjuntado.
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Consecuencias por Falsedad Documental: La presentación de incapacidades alteradas, denuncias falsas o documentos editados generará el rechazo inmediato e irrevocable del trámite, el bloqueo definitivo del usuario en la plataforma y la **denuncia penal automática ante la Fiscalía General de la Nación** por Falsedad en Documento Privado (Art. 289 C.P.) y Tentativa de Estafa (Art. 246 C.P.).
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Tope Reembolsable del 90%: Las devoluciones autorizadas por causales de inasistencia cubrirán única y exclusivamente hasta el **90% del valor facial o nominal de la entrada**.
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Perención de la Solicitud (Plazo Máximo de 5 Días): El hecho debe reportarse formalmente dentro de los **cinco (5) días hábiles** siguientes a su ocurrencia. Solicitudes presentadas fuera de este término serán denegadas de plano (Art. 8 Estatuto del Consumidor).
Situaciones No Cubiertas (Exclusiones):
✕ Congestión vehicular habitual o demoras simples.
✕ Falta de permisos laborales o viajes personales.
✕ Cambios de opinión o inconvenientes económicos.
✕ Revisiones médicas de rutina o cirugías estéticas.
✕ Lluvias moderadas que no configuren desastre.
✕ Boletas cuya lectura de acceso QR ya fue registrada.
⏱️ Tiempos Legales de Acreditación conforme a la Ley 2439 de 2024
Una vez radicada la solicitud con sus comprobantes, VIP PASS revisará el expediente en un término de 15 días hábiles. De ser procedente, el reembolso de la tarifa facial de la boleta se abonará según la siguiente tabla:
| Medio o Canal de Acreditación |
Término de Devolución |
| Saldo o crédito a favor en cuenta VIP PASS |
10 días hábiles posteriores a la aprobación. |
| Abono a cuenta bancaria o medio originario |
Máximo 15 días calendario tras aprobación (Ley 2439/2024). |
📬 Canales Oficiales para Radicar Reclamaciones Directas
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Estatuto del Consumidor (Ley 1480/2011 Art. 8, 39 y 47), Ley 2439 de 2024 (Comercio Electrónico), Ley 1493 de 2011 y Código Penal Art. 240, 246 y 289. © 2025 VIP PASS — Todos los derechos reservados.